Un Tribunal Colegiado revocó las suspensiones concedidas por el juez Juan Pablo Gómez Fierro contra la obligación de registrar datos biométricos en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT).
Así, el Primer Tribunal Colegiado en materia Administrativa, especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones consideró que, dado que no existe materialmente el PANAUT, no es posible conceder suspensiones. Ni amparos a la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones.
“En este momento las consecuencias o efectos de los actos reclamados no son susceptibles de suspenderse. Ya que no existe un acto inminente que amerite detenerse o paralizarse. Ni menos aún existe materia. Que permita estimar que las cosas deben mantenerse en el estado que guarden al momento de la promoción del juicio”, destacó el tribunal.
De acuerdo con el Subsecretario de Seguridad, Ricardo Mejía Berdeja, el principal objetivo de este padrón es la seguridad.
“Es importante señalar que en el anonimato en los sistemas de prepago, que no piden requisitos, los delincuentes se cobijan para cometer delitos de secuestro, extorsión, trata de personas y en general para todo el conjunto de sus actividades delictivas”, expresó.
El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil estará conformado con la información de las personas y de las empresas titulares de cada línea telefónica móvil. Con el objetivo de “colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia por la comisión de delitos”.
El padrón contendrá:
- El número telefónico del usuario.
- Identificador único de la tarjeta SIM.
- Fecha y hora de activación de la línea telefónica.
- Nombre completo, domicilio y datos biométricos, como su huella digital del usuario.


