(04 de diciembre, 2015).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha sido puesto en evidencia por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) ya que considera que violan el derecho de los contribuyentes al debido proceso y conduce a las autoridades, en ocasiones, a fincarles adeudos desproporcionados e impagables”,
Esta institución reveló haber advertido que en las auditorías realizadas por el órgano fiscalizador federal se requiere a los contribuyentes “la información y documentación total y exhaustiva de su situación contable”, y aun cuando el causante se esfuerza por proporcionarla, “se descalifica la misma en forma genérica y dogmática”.
Desde el pasado 2013 Prodecon ya había advertido que el SAT complicaba el cese de actividades de personas morales debido a que las personas morales no pueden presentar aviso de suspensión de actividades ante el Registro Federal de Contribuyentes, aun cuando han dejado de realizar las actividades económicas, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente pidió a las autoridades hacendarias considerar el mismo criterio que se aplica a las personas físicas.
Actualmente las personas morales no pueden presentar aviso de suspensión de actividades ante el Registro Federal de Contribuyentes, aun cuando han dejado de realizar las actividades económicas y deben seguir presentando sus declaraciones periódicas.
El organismo dijo haber denunciado cuatro malas prácticas en que las autoridades fiscales pueden incurrir cuando en una auditoría revisan la situación fiscal de los contribuyentes:
A manera de lista de cosas que se hacen mal en adeudos desproporcionados es que omiten realizar pruebas selectivas para revisar la contabilidad y documentos de los contribuyentes, y en cambio solicitan la exhibición exhaustiva que ampare todas las operaciones realizadas; descalifican en forma genérica la contabilidad y documentación de los sujetos auditados sin hacer referencia y análisis de las operaciones específicas de éstos que evidencian irregularidades reflejadas en cobros “impagables a contribuyentes”.


