(02 de mayo, 2016. Revolución TRESPUNTOCERO).-
1.- En 2015, ARTICLE 19 documentó 56 ataques a periodistas en Guerrero, la tercera entidad con más agresiones ese año. Durante el primer trimestre de 2016, documentó 11 ataques contra la prensa en la entidad, de los cuales en 10 casos se ha señalado la responsabilidad de funcionarios. Colocando a dicho estado en el segundo lugar de agresiones contra la prensa.
5.- El día viernes, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un comunicado donde condena el asesinato del periodista, exhortando a las autoridades mexicanas a actuar de manera pronta y oportuna para investigar el crimen e identificar y sancionar a los responsables, tanto materiales como intelectuales.
6.- Como el organismo Internacional lo recuerda, con el asesinato de Pacheco Beltrán sería el cuarto asesinato de periodistas registrado en México sólo este año: el 21 de enero fue asesinado el periodista Marcos Hernández Bautista en la localidad de San Andrés Huaxpaltepec, estado de Oaxaca, el 9 de febrero Anabel Flores Salazar fue hallada muerta en el estado de Puebla y el 20 de febrero fue encontrado sin vida el cuerpo de Moisés Dagdug Lutzow.
7.- Asimismo, por medio de un comunicado, Artículo 19 exigió a la Fiscalía General del Estado de Guerrero iniciar de manera pronta, imparcial y expedita la carpeta de investigación correspondiente sobre el asesinato de Francisco Pacheco, tomando como línea principal de investigación su labor periodística, a fin de esclarecer lo acontecido y evitar un caso más de impunidad. A la misma petición se sumó la CIDH.
8.- Por su parte, la Relatoría Especial consideró que se debe evaluar de manera urgente si deben activarse los mecanismos de atracción de manera que estos casos puedan ser investigados y judicializados de inmediato por las autoridades federales. Asimismo, estima esencial que se consolide el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas y que se fortalezcan los mecanismos de coordinación interinstitucional entre las autoridades federales y los distintos niveles del gobierno para asegurar la adecuada adopción e implementación de las medidas de protección.
9.- El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresiónde la CIDH señala que “el asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada”, señala.


