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INAI ordena a SAT entregar información de cancelaciones y condonaciones que ascienden a los 822,500 millones de pesos

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá entregar la información con nombres, montos y razón social de las personas a las que condonó o canceló algún tipo de crédito fiscal, ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI),

El comisionado ponente Oscar Guerra Ford, afirmó que se debe transparentar cómo ejerció el SAT su facultad de condonar y cancelar créditos fiscales, que significaron 822 mil 500 millones de pesos en el periodo de 2007 a 2016, lo que representa el 4.5 por ciento del Producto Interno Bruto. “Se aplicó una prueba de interés público, a través de la cual se determinó que transparentar la manera en que el sujeto obligado ejerce sus atribuciones en relación con la condonación o cancelación de créditos fiscales, reviste un interés mayor de dar a conocer cómo se otorgaron a los beneficiarios de un gasto fiscal que el Estado dejó de percibir y que como tal afecta a la ciudadanía en general, tanto por la merma en los ingresos al presupuesto como a las contribuyentes a quienes no se les otorgó dicho beneficio”, explicó.

El comisionado emplazó al SAT para dar cumplimiento a esta resolución, ya que han sido emitidas otras 32 en la misma materia que no se han acatado y que han motivado denuncias del INAI ante la Secretaría de la Función Pública, en las que en 15 decidió que se archivaran por no haber encontrado responsabilidad administrativa de servidores públicos por ese incumplimiento y quedan 17 pendientes, explicó el Instituto mediante un comunicado.
En el comunicado, el INAI explicó que resolvió un recurso de revisión de un particular inconforme con la respuesta del SAT a su requerimiento de conocer los nombres de los contribuyentes con adeudos fiscales condonados o cancelados, entre enero de 2007 al 9 de mayo de 2016, fecha en que presentó la solicitud de información.

Pese que pueden verse en el portal enero de 2014 y el 15 de mayo de 2016, no fue posible consultar el motivo de la cancelación o condonación en cada uno de los casos, como lo requirió el particular, pues el sujeto obligado proporciona la información de forma genérica, detalla.

Asimismo, señaló que el nombre, denominación o razón social y la clave del Registro Federal de Contribuyente beneficiados con la cancelación o condonación de créditos fiscales del 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2013, es información clasificada como reservada 12 años por ser secreto fiscal, conforme al artículo 14 fracción II de la Ley Federal de Transparencia en relación con el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.

La resolución aprobada por el pleno del INAI argumenta que “se trata de información que da cuenta de quienes obtuvieron un beneficio fiscal, relacionado directamente con una política pública de carácter fiscal que implica una disminución en la recaudación, que puede ser entendido como un gasto en sentido negativo a cargo del erario”.

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