- La Sala Superior respaldó la multa de 565 mil 700 pesos contra México Tiene Vida por recibir aportaciones prohibidas, confirmó las irregularidades detectadas por el INE y ordenó continuar las investigaciones sobre el origen de los recursos.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las irregularidades en el financiamiento de la organización México Tiene Vida y respaldó la multa de 565 mil 700 pesos impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE), al concluir que la asociación recibió aportaciones en efectivo provenientes de una fuente impedida por la legislación electoral.
Con esta resolución, el máximo órgano jurisdiccional en materia electoral fortalece los argumentos utilizados por el INE para negar el registro como partido político nacional a la organización impulsada por grupos conservadores de Nuevo León, además de mantener abiertas las investigaciones para esclarecer el origen y destino de los recursos utilizados durante su proceso de conformación.
TEPJF respalda la sanción del INE
Durante la sesión, las magistradas y magistrados determinaron que la sanción impuesta por el INE se encuentra debidamente sustentada, luego de acreditarse que México Tiene Vida aceptó 779 mil pesos en donaciones con irregularidades en su procedencia, incumpliendo con su obligación legal de rechazar ese tipo de recursos.
El proyecto, elaborado por el magistrado Felipe de la Mata, concluyó que los argumentos presentados por la organización resultaban infundados, por lo que confirmó la legalidad de la resolución emitida por la autoridad electoral.
Depósitos de una empresa derivaron en aportaciones a la organización
Uno de los elementos que resultó determinante para confirmar la sanción fue el análisis financiero realizado por el INE, mediante el cual se identificó un esquema de movimientos bancarios relacionados con una empresa mercantil, cuya participación está prohibida por la legislación electoral.
De acuerdo con la investigación, Vanessa Fernández Torres recibió 50 depósitos bancarios provenientes de la empresa Construcciones Alcalá entre agosto y diciembre de 2025. Posteriormente, esos recursos fueron canalizados a México Tiene Vida mediante diversas aportaciones económicas.
Las indagatorias señalan que la simpatizante aportó alrededor de dos millones de pesos a la organización durante el proceso para obtener el registro como partido político nacional.
La legislación electoral mexicana prohíbe expresamente que empresas mercantiles financien actividades partidistas o de organizaciones que buscan convertirse en partidos políticos, por lo que el INE consideró acreditadas las irregularidades y procedió a imponer la sanción.
Investigación seguirá abierta sobre el origen del dinero
Además de confirmar la multa económica, la Sala Superior ordenó que el INE continúe con el procedimiento oficioso para investigar el origen y destino de los recursos utilizados por México Tiene Vida.
El objetivo es determinar si existieron otras fuentes de financiamiento prohibidas o posibles irregularidades adicionales relacionadas con la obtención de recursos durante el proceso de constitución de la organización.
En el procedimiento, México Tiene Vida intentó demostrar que sus simpatizantes contaban con la capacidad económica suficiente para realizar las aportaciones. Sin embargo, las magistradas y magistrados coincidieron con el criterio del INE al establecer que la documentación fue presentada fuera de los plazos legales, por lo que no podía ser considerada como prueba válida para desvirtuar las observaciones de la autoridad fiscalizadora.
Otro intento de convertirse en partido también fue rechazado
En la misma sesión, la Sala Superior del TEPJF confirmó la negativa del INE para otorgar el registro como partido político nacional a la asociación Interacción y Empatía para Todos, A.C.
La organización únicamente reunió ocho afiliaciones, una cifra muy distante de las 256 mil 030 requeridas por la legislación para constituir un partido político nacional.
Aunque la asociación argumentó que el INE no le informó sobre los requisitos incumplidos, las magistradas y magistrados concluyeron que la autoridad electoral actuó conforme a derecho, por lo que confirmaron la negativa del registro.
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