Dictan 15 años de prisión a Zhenli “N” por lavado de dinero

La Fiscalía General de la República (FGR) obtuvo una sentencia condenatoria de 15 años y un día de prisión en contra de Zhenli “N” (o Zhenly “N”), tras acreditar su responsabilidad penal en el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

La resolución judicial se logró gracias a los elementos de prueba aportados por el Ministerio Público Federal (MPF), adscrito a la Fiscalía Especializada en materia de Delincuencia Organizada (FEMDO), en trabajo conjunto con la Fiscalía Federal en la Ciudad de México, dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional (FECOR).

Sanciones y pérdida de beneficios

Además de la pena privativa de la libertad, el juez de la causa le impuso al sentenciado una multa económica de 140 mil 400 pesos.

Asimismo, la autoridad judicial le negó expresamente los sustitutivos de la pena de prisión y el beneficio de la condena condicional.

Como parte de la resolución, se ordenó la amonestación del imputado y la suspensión de sus derechos políticos y civiles.

Antecedentes del proceso judicial

La intervención judicial contra Zhenli “N” cobró impulso el 14 de febrero de 2019, cuando elementos de la Policía Federal Ministerial (PFM) cumplimentaron por reclusión el mandato en su contra. Días posteriores, se le dictó el auto de formal prisión al acreditarse que, actuando por cuenta propia, realizó la transferencia y adquisición de recursos financieros desde el territorio nacional hacia el extranjero.

Aunque la resolución fue confirmada originalmente el 25 de julio de 2019 por el Magistrado del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, el hoy sentenciado promovió un juicio de amparo para impugnar la decisión. Sin embargo, dicho recurso le fue negado y posteriormente ratificado en la instancia de revisión.

Actualmente, Zhenli “N” cumple su condena recluido en el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) Número 1 «Altiplano«, ubicado en el municipio de Almoloya de Juárez, Estado de México.

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