Sin elementos para sancionar a AMLO por difusión del BOA; TEPJF rechaza petición del PAN y PRD de aplicar medidas cautelares

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló la resolución del INE y rechazó la petición del PAN y PRD de aplicar medidas cautelares al presidente Andrés Manuel López Obrador y al vocero Jesús Ramírez por la difusión por la difusión del documento del supuesto Bloque Opositor Amplio (BOA)

Cabe mencionar que el pasado 23 de junio la Comisión de Quejas y Denuncias del INE negó las medidas solicitadas por los partidos, al considerar que se trataba de un hecho consumado, sin embargo envió una advertencia al Presidente y a su vocero para evitar que en las conferencias de se desacreditar a la oposición, esto tras  calificar las conferencias matutinas como propaganda gubernamental.

Por lo anterior los ambos partidos presentaron un recurso de revisión ante la Sala Superior del TEPJF señalando que la difusión del  BOA “constituyó una estrategia fraudulenta para posicionar electoralmente al partido político Morena y al propio Presidente para los próximos comicios”, sin embargo los magistrados de igual forma negar las medidas cautelares solicitadas. 

El argumento de la Sala Superior señala que “no hay elementos suficientes para presumir la existencia de conductas contrarias a la Constitución y a la normativa electoral que justificaran la adopción de una medida preventiva”, por esa razón negó que exista una contradicción en la resolución del INE “porque no se advirtieron elementos de riesgo o necesidad que justificaran adoptar las medidas cautelares”.  

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