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Diputados modifican entrada en vigor del decreto de convocatoria de juicio a expresidentes; permitirá que no sea suspendida la propaganda sobre la consulta

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Con 306 votos a favor y 154 en contra, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta del Senado de la República mediante la cual se modifica el artículo Primero Transitorio del decreto por el que se expidió la convocatoria de Consulta Popular que se realizará el 1 de agosto del 2021, publicada en el Diario Oficial de la Federación

La aprobación fue enviada al Ejecutivo Federal, y plantea que el Decreto y la respectiva convocatoria entren en vigor el jueves 15 de julio de 2021, esto “sin perjuicio de que el Instituto Nacional Electoral (INE) ejecute las acciones preparatorias necesarias, a fin de realizar la jornada de Consulta Popular”.

Con el cambio al artículo Primero Transitorio del Decreto, se permitirá que no sea suspendida la propaganda gubernamental sobre la consulta y entre ello que el presidente de la República pueda seguir hablando del tema ante los medios de comunicación.

Cabe mencionar que toda propaganda en la materia, emitida por el gobierno debió prohibirse desde el 29 de octubre pasado, esto según al decreto aprobado por el Congreso el 22 de octubre pasado y publicado en el en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de octubre pasado.

“La pretensión de la minuta es aplazar la entrada en vigor del Decreto por el que se expide la Convocatoria de Consulta Popular, con el propósito de no generar como efecto indeseado la suspensión de la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, prevista en el párrafo tercero del apartado 4º de la fracción VIII del artículo 35 de la Constitución Política, con las salvedades prescritas en la misma porción normativa”, se lee en el documento del dictamen.

De acuerdo con la presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, Rocío Barrera Badillo el objetivo es el aplazamiento de la entrada en vigor del Decreto y la propia Convocatoria, para no generar un probable efecto indeseado sujeto a interpretación.

“El pasado 22 de octubre se aprobó en la Cámara de Diputados el decreto que expide la Convocatoria de Consulta Popular y el cual inició su vigencia el 28 de octubre; sin embargo, no se consideró lo dispuesto por el precepto constitucional en el artículo 35, que en una interpretación literal dispondría la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada” comentó 

Mencionó que la reforma confirma de manera indirecta la continuidad de la propaganda gubernamental para procurar el derecho de acceso a la información pública oficial, en forma suficiente y fidedigna.

Por lo cual la veda en los medios de comunicación sobre la consulta para someter a juicio o no a los expresidentes será entre el 15 de junio del 2021 y el 1 de agosto del mismo año, fecha de su celebración, 

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