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Padres de familia que no cumplan con pensión alimenticia no podrán salir del país: SCJN

La restricción migratoria es una medida para garantizar el pago de alimentos

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Este viernes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que aquellos padres de familia que no cumplan con el pago de la pensión alimenticia de sus hijos, no tendrán permitido salir del país.

Este proyecto contó con cuatro votos a favor, de esta forma quedó establecido que “las personas que, en su carácter de deudoras alimentarias, dejen de cumplir con las obligaciones que impone la legislación civil en materia de alimentos por un periodo mayor de 60 días, previa solicitud de la autoridad judicial competente”, no podrán abandonar el territorio nacional.

Los ministros de la máxima sala del país desecharon dos amparos promovidos por padres de familia que incumplieron el pago de la pensión y que aun así solicitaron permiso para salir de México.

No obstante, la SCJN consideró que los intereses de los menores de edad prevalecen sobre los intereses de los padres de familia por viajar.

Sin embargo, recalcaron que “el quejoso tiene a su disposición en todo momento la posibilidad de hacer cesar los efectos de la norma reclamada mediante el pago de los alimentos vencidos e incluso, entre más pronto lo haga, mayor beneficio reporta al goce y ejercicio de derechos de todas las personas involucradas”.

Además, recalcó que “la restricción migratoria a la persona deudora alimentaria morosa” es una medida “para garantizar el pago de alimentos”.

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