¿Puede un civil detener a otro ciudadano y entregarlo a la policía? ¿Es legal que un policía, sin identificarse con uniforme y placa, arreste a una persona en una manifestación? REVOLUCION TRESPUNTOCERO se dio a la tarea de explorar esas preguntas y esto fue lo que la reportera Alina Rosas encontró: es legal… a medias.
(21 de octubre, 2013).- La siguiente imagen se transmite en vivo: un joven, de unos 18 años, corre sobre la avenida Bucareli, en el Centro Histórico de la capital mexicana, con un gesto de terror. Se mueve tratando de escapar de un grupo de granaderos que lo quieren agarrar. Se desplaza rápido, con el cabello alborotado, hasta que logra alejarse de los uniformados.
Respira aliviado. Ha logrado evadir que unos policías furibundos lo capturen –detienen a todos, a quien se les ponga enfrente– pero apenas recupera el aliento tres hombres vestidos de civil lo derriban casi en la esquina con Paseo de la Reforma.
“Están golpeando terriblemente a una persona ¡la están jalando de los pies! ¡No puede ser que la gente vea que hay una sola persona que está siendo golpeada y los demás no hagan nada!”, exclama, sorprendida, la conducta del noticiero diurno de Excélsior Tv, que a las 15:50 horas del 2 de octubre de este año emite en vivo, desde la azotea del periódico, las imágenes de tres hombres –uno de playera blanca, otro de chamarra azul cielo con rayas azul rey y uno más con playera rosa con líneas moradas– que sujetan al joven de un tobillo, un brazo y el cuello y lo llevan cargando a un lugar incierto.

El video es claro: el muchacho trata de soltarse, pero su forcejeo sólo causa que lo estrujen más. Su cuerpo ni siquiera toca el suelo. Lo levantan y se lo llevan así, ante la mirada de decenas, hasta la calle Donato Guerra, donde de manera inmediata aparece un convoy de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.
“¿A dónde lo quieren llevar? ¿A dónde van estas personas que van ahí? Obviamente no se ven identificadas como personal de seguridad pública. Entonces, ¿a dónde lo llevan?, ¿qué es lo que quieren hacer?”, cuestiona la periodista, ahora alarmada.
Los siguientes segundos confirman la sospecha: el joven es aventado al fondo del convoy policíaco del DF y éste arranca a toda velocidad rumbo a la colonia Doctores, mientras los tres civiles siguen deteniendo personas. Todo queda grabado entre el minuto 03:46:50 y el 03:49:00 del video de YouTube “Excelsior Tv” del canal Excélsior Tv.
Pese a la evidencia, el 4 de octubre el jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera, dijo que ningún policía vestido de civil hizo detenciones. Cuatro días después, ante las grabaciones, la Procuraduría General de Justicia del DF (PGJDF) enmendó la plana.
Dijo que sí: ellos, sin placa, detuvieron personas. Se justificaron diciendo que todo era legal.
Fue una verdad a medias.
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Luego de que las autoridades capitalinas aceptaron que en la conmemoración del 45 aniversario de la matanza de Tlatelolco agentes de la PGJDF hicieron detenciones sin uniforme ni placa, REVOLUCIÓN TRESPUNTOCERO se dio a la tarea de revisar qué reglamentación existe al respecto.
Una justificación legal que podría argumentarse es el artículo 16 constitucional, el cual reglamenta las detenciones por parte de cualquier ciudadano hacia otro ciudadano.
“Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención”, dice la ley.
Sin embargo, el hecho de que un ciudadano con capacidad de detener a algún individuo cometiendo delito pueda ponerlo a disposición de las autoridades, se encuentra lejos de justificar policías vestidos de civil que no están incluidos en este marco legal, según defensores de derechos humanos.
Alejandro Martínez, miembro de la organización civil Tribuno Popular, especializada en la defensa de derechos humanos, comentó en entrevista para este medio que si bien cualquier ciudadano puede detener en la medida de sus posibilidades a quien cometa un delito, la policía de investigación (PGJDF) debería detener a aquellas personas que tienen una averiguación previa y una orden de aprehensión.
“De ahí deriva el nombre de ‘Policía de Investigación’ y no al azar, llegando a ejercer de manera arbitraria el poder de detener a manifestantes como lo hemos visto sistemáticamente”, comentó Alejandro Martínez.

En otra entrevista, el senador perredista Alejandro Encinas comentó que la existencia de policías vestidos de civiles durante la pasada marcha del 2 de octubre contradice la naturaleza del trabajo policial mismo.
“La ausencia de uniforme genera más tensiones de las que normalmente existen con la presencia de cuerpos policíacos durante las protestas”, mencionó Encinas, confiado en que el uniforme de los policías resulta necesario.
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“Si policías vestidos de civiles harán las detenciones, ¿entonces para qué existen cientos de granaderos en cada marcha?”; cuestionó Alejandro Martínez. “Son los granaderos quienes deberían de hacer las detenciones en todo caso. Con este tipo de acciones de policías de investigación vestidos de civil deteniendo manifestantes, se coarta el derecho a la libertad y seguridad personales. Por un lado por la arbitrariedad y por otro, la ausencia de un debido proceso para llevarlas a cabo”.
Otra reglamentación que ha agravado la criminalización de la protesta –menciona Alejandro– es el Protocolo de Actuación Policial de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para el Control de Multitudes, que trata de legalizar las detenciones arbitrarias al establecer como criterio de detención la “actitud agresiva”.
En su sección III de Conducción de Multitudes, el Protocolo señala:
“En la conducción del contingente, se deberá establecer coordinación simultánea con personal de la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal y la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal a través de la Dirección General de Enlace Institucional, y en su caso, con la Dirección General de Derechos Humanos; para la identificación y vigilancia de las personas con actitud agresiva dentro de la multitud, así como con las autoridades involucradas, de acuerdo a la demanda o petición de la multitud.
”Si las personas en actitud agresiva cometieron un acto ilícito o infracción administrativa, los policías detendrán a los probables responsables y coordinarán su inmediata puesta a disposición ante la autoridad correspondiente y activarán los servicios de emergencia para el caso de que haya lesionados o siniestro”.
La “actitud agresiva” podría llegar a ser un pretexto político para detener a manifestantes bajo criterios laxos, tal como el de “ataques a la paz pública” establecido en el artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal, indicó Alejandro.
Hasta el momento no se cuenta con registros estadísticos de la PGJDF ni de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal para saber la conveniencia de la figura jurídica de “detención ciudadana”.
Tampoco existe un informe sobre quiénes de los jóvenes actualmente consignados fueron detenidos por ciudadanos o policías vestidos de civil.

