spot_img

Argentina dice NO a los monopolios en telecomunicaciones

- Anuncio -

Alina Rosas Duarte / @Alinnoize

(29 de octubre, 2013).- La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina declaró como constitucional la llamada Ley de Medios que se mantenía impugnada en cuatro de sus artículos por el Grupo Clarín, el conglomerado mediático más grande del país.

Mientras en México se discuten las leyes reglamentarias de la Ley de Telecomunicaciones aprobada meses atrás –de la cual uno de los ejes principales en el debate es la desmonopolización de las mismas–, en Argentina la Corte Suprema de Justicia declaró que la impugnación hecha por el Grupo Clarín no procedía al resultar apegada a la Constitución la Ley de Medios.

La Ley fue aprobada y promulgada desde diciembre de 2009 buscando sustituir el Decreto de Radiodifusión creado durante la dictadura militar en 1980, sin embargo, Grupo Clarín impugnó su aplicación por resoluciones judiciales que le favorecían al evitar que la monopolización en telecomunicaciones fuese regulada.

Producto de 24 foros y más de 80 charlas de discusión nacional, la Ley fue posteriormente aprobada por los diputados argentinos con 146 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones, mientras la Cámara Alta la aprobó con 44 a favor y 24 en contra. Un mes después, Grupo Clarín impugnó la norma.

El profesor e investigador de la Universidad de Buenos Aires Martín Becerra, especialista en el tema de medios de comunicación, declaró que “la ley audiovisual (mal denominada Ley de Medios, ya que no regula medios gráficos) tiene carácter inclusivo comparada con el marco regulatorio previo, al comprender a sectores no lucrativos (cooperativas, medios comunitarios y alternativos) en la gestión de licencias; establecer límites a la concentración de la propiedad; exigir a las emisoras estatales pluralismo y diversidad; habilitar la participación de minorías políticas y sociales en los flamantes organismos de aplicación y control, y disponer cuotas de contenidos locales e independientes. Estos objetivos no son fruto de una lectura afiebrada de la norma; surgen de su articulado”.

Becerra afirmó que con este fallo se cierra la etapa de cuestionamiento legal a la ley audiovisual votada en 2009, a lo cual agregó que “el debate público y la libertad de expresión conducen a cuestionar la concentración de medios. Explícitamente la Corte dice que un propósito democrático elemental es bregar por la igualdad de condiciones de acceso a los medios, razón por la cual el Estado debe actuar protegiendo la faz colectiva de la libertad de expresión”.

El docente mencionó que para la Corte no hay evidencias de que la Ley audiovisual afecte la sostenibilidad del Grupo Clarín, puesto que el fallo diferencia la afectación de la rentabilidad, de la sostenibilidad del mismo, “para la Corte, las medidas de anticoncentración fijadas por el artículo 45 de la Ley son idóneas y respetan el principio de proporcionalidad”.

El académico señaló que “ahora Clarín deberá adecuarse a la Ley Audiovisual y el Gobierno, a cumplirla y respetarla. Hasta ahora no pasó ni uno ni lo otro”.

La respuesta oficial del Grupo Clarín fue publicada horas más tarde, en la cual el Grupo consideró que los artículos impugnados contradicen no sólo principios de la Constitución Argentina sino de la Convención Americana de Derechos Humanos así como de organizaciones como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Organización de Estados Americanos.

“Tanto la ley como el fallo, al desconocer licencias vigentes con varios años por delante, violentan abiertamente los derechos adquiridos, como también lo reconocieron tres miembros de la Corte. Y al silenciar, sin justificación técnica ni competitiva alguna, medios que hoy ejercen periodismo crítico, configuran una clara afectación a la libertad de expresión. Además, impedir el funcionamiento, como hace la ley, de medios que no usan espectro radioeléctrico, equivale a prohibir un diario o un sitio de internet, lo que implica censura previa para la Constitución y los tratados internacionales”.

El Grupo Clarín lamentó “el contenido de un fallo que no considera el valor de la independencia periodística como presupuesto para la libertad de expresión. Y de ese modo, condiciona seriamente la posibilidad real de ejercer la crítica al poder político, supuesto indispensable de la democracia”.

- Anuncio -spot_img

MÁS RECIENTE

NO DEJES DE LEER