El dato es duro y no viene en “supuestos”: son $51 mil millones de pesos en adeudos fiscales definitivos atribuidos a un grupo de 12 empresas, entre ellas vinculadas a Ricardo Salinas Pliego, y la autoridad ya tiene calendario para el cobro.
Con la resolución final en mano, el mensaje es claro: no es debate, es cobro. Y el monto no está en el aire: $51,000,000,000.
La información fue presentada en La Mañanera del Pueblo de este viernes 19 de diciembre, encabezada por la presidenta Claudia Sheinbaum, donde el titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Antonio Martínez Dagnino, explicó el estado del caso y el siguiente paso del procedimiento.
Ahí se precisó que los adeudos quedaron firmes luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó de manera definitiva los recursos legales interpuestos por las empresas.
De dónde sale la deuda: ISR, pérdidas improcedentes y años bajo revisión
Martínez Dagnino detalló que el origen está en resoluciones administrativas del SAT emitidas entre 2013 y 2018, relacionadas con el uso improcedente de pérdidas fiscales en el Impuesto Sobre la Renta (ISR), correspondientes a los ejercicios de 2008 a 2013.
En otras palabras: no se trata de un “tema nuevo”, sino de un expediente que caminó por instancias, acumuló resoluciones y terminó con una definición judicial.
El funcionario explicó que, primero, las empresas impugnaron ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que entre 2019 y 2023 confirmó la procedencia de los créditos fiscales.
Después acudieron al Poder Judicial de la Federación, donde tribunales colegiados negaron el amparo en 2024 y 2025. Y como último intento, el caso llegó a la SCJN, que el 13 de noviembre desechó los recursos, dejando los adeudos firmes y definitivos.
En enero de 2026 va el requerimiento
Con la notificación formal de la Corte, el SAT, dijo Martínez Dagnino, tiene obligación legal de continuar con el procedimiento de cobro. Por eso, en enero de 2026 se emitirá el requerimiento de pago por los $51 mil millones, conforme al Código Fiscal de la Federación.
¿Puede bajar el monto? Sí, pero con intención de pago
El SAT señaló que, si los contribuyentes manifiestan intención de pago, pueden solicitar esquemas y facilidades previstas en la ley, que incluirían ajustes a la baja de hasta 39%, siempre alineados a la normatividad fiscal vigente y a lo que marcan las sentencias judiciales.
Martínez Dagnino recordó además que, conforme al artículo 31, fracción IV, de la Constitución, todas las personas y empresas están obligadas a contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa, por lo que llamó a cumplir con los pagos una vez que inicie el plazo legal.


