(26 de marzo, 2015).- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) ha hecho público que investigará el mercado del huevo ya que posiblemente se han llevado a cabo prácticas monopólicas en la producción, distribución y comercialización del mismo en el territorio nacional.
Con prácticas monopólicas se refiere a aquellos contratos, convenios o arreglos, entre agentes económicos que compiten entre sí con el fin de manipular los precios, restringir la oferta, segmentar al mercado, coordinación de posturas en licitaciones e intercambios de información para llevar a cabo alguna de las acciones mencionadas.
Por su parte la COFECE precisa que el acuerdo sólo tiene que ver con el principio de un proceso de indagación, sin que se hayan identificado, por ahora, actos que puedan representar una violación a la Ley Federal de Competencia Económica, ni está determinado quien pudiera resultar responsable de dichas prácticas. Por lo tanto no se debe considerar como una especie de “prejuzgamiento” sino como una manera de actuar, por parte de la autoridad, para ver que se cumpla la Ley.
Esta indagatoria puede llevarse a cabo de 30 a 120 días hábiles a partir del día de ayer (25 de marzo) y podrá ser ampliado, si así se requiere, hasta en cuatro ocasiones.
Si el tiempo llegase a su fin y no existieran pruebas contundentes, que demuestren que la Ley se ha quebrantado, el caso se dará por cerrado.
Por el contrario si se ha encontrado fallos legales y se han identificado a los culpables éstos serán llamados en un procedimiento en forma de juicio para su defensa.
De comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, las sanciones serían de la siguiente manerea: la orden de suprimir la conducta, inhabilitación hasta por 5 años para ejercer como directivos y multas hasta por 200 mil veces el salario mínimo a aquellas personas físicas que hayan participado en la conducta en representación de un agente económico, multas de hasta el equivalente al 10% de los ingresos económicos del agente económico responsable y de hasta por 180 mil veces el salario mínimo a quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de las prácticas. Además, las personas físicas que participen en la celebración, ejecución u ordenen este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir de 5 a 10 años de prisión.



