Congreso de Puebla busca penalizar a quien promueva, imparta o aplique terapias de “conversión” sexual

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Se impondrá de tres a cinco años de prisión a quien por la fuerza promueva, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica, con o sin fines de lucro con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

La iniciativa fue presentada por el coordinador del grupo parlamentario del Partido del Trabajo en el Congreso de Puebla, José Juan Espinosa Torres.

El documento ingresó durante la Sesión Ordinaria de este miércoles para su análisis en comisiones.

Esta iniciativa reformaría los artículos 273, 274 y 275 del Código Penal con el fin de que se erradiquen estas prácticas que vulneran los derechos humanos de las personas homosexuales.

Además, estipula que:

“Se aumentará al doble la sanción prevista en el primer párrafo del presente artículo, en los casos en que las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, adultos mayores o personas que no cuenten con la capacidad de comprender el hecho”.

La propuesta del petista también pretende que se suspenda del ejercicio profesional al médico o psicólogo que haga este tipo de prácticas.

Al profesional, técnico o auxiliar de las disciplinas para la salud y, en general, a toda persona relacionada con la práctica médica que promueva, imparta, aplique, obligue o financie al tratamiento, terapia o cualquier tipo de servicio o práctica no quirúrgica con el objetivo de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o modificar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona; se sancionará con la suspensión en el ejercicio profesional de uno a tres años, o de forma definitiva en caso de reincidencia”.

No obstante, esta iniciativa no está contemplada e dentro de la agenda para el tercer periodo de sesiones de la LX Legislatura.

Con información de Central

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