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Constitucionalmente las guardias comunitarias podrían apoyar al Estado: CNDH

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(12 de enero, 2014).- Raúl González Plascencia, responsable de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), afirmó que la Constitución Mexicana le da la posibilidad a las guardias comunitarias de que coadyuven en las tareas de seguridad, pero en forma legal y no en la informalidad.

El ombudsman nacional señaló que estas guardias pueden, con la justificación de hacer justicia propia, llevar a cabo detenciones y ajusticiamientos. Sin embargo, precisó que esa función solo le compete al Estado y es el único que debe ejercerla:

“Hay que tener en claro que en el artículo 17 de la Constitución está prohibido ejercer violencia para reclamar un derecho y que nadie está en condición de hacerse justicia por propia mano, para eso están las instituciones”, espetó González Plasencia una entrevista para El Universal.

No obstante, agregó que “ello no significa que en un esquema como se prevé en el artículo 21 de la Constitución, en el Sistema Nacional de Seguridad Pública, pudiera darse una colaboración, un apoyo, un acompañamiento de las personas a las instancias de la seguridad, pero hay una gran diferencia entre apoyar, auxiliar, colaborar, a asumir la función y que el Estado y las instituciones rehúyan al cumplimiento de esta tarea”.

Finalmente, el responsable de la CNDH aseguró que la ola de violencia que se observa en Michoacán es producto del abandono en el ejercicio de las funciones de los gobiernos de las tres esferas del poder político: municipal, estatal y federal. Por último, expresó su preocupación ante la falta de actuación del gobierno ante la situación que ha emergido pues consideró es una clara invitación para que otros grupos de personas de todo el país quieran hacer lo mismo.

 

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