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DOF publica reforma al artículo 73 constitucional en materia de feminicidio

Esta mañana se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ajuste al artículo 73 constitucional en relación a los feminicidios  para emitir una ley wue prevenga, investigue y sancione el delito en todo eo país 

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El Gobierno de México publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 73 de la Constitución en materia de feminicidio, con la que el Congreso de la Unión queda facultado para emitir una ley general enfocada en prevenir, investigar y sancionar este delito a nivel nacional.

Con la modificación constitucional, el Poder Legislativo contará con un plazo de 180 días naturales para elaborar la nueva legislación, la cual buscará unificar criterios jurídicos, protocolos de actuación y castigos aplicables en todas las entidades del país.

FOTOGRAFÍA:ALFREDO DOMÍNGUEZ

Mientras dicha normativa entra en vigor, continuarán vigentes las disposiciones actuales tanto federales como estatales relacionadas con el delito de feminicidio. La intención de la reforma es establecer lineamientos similares a los que ya existen en delitos como desaparición forzada, secuestro, trata de personas y tortura.

El decreto modifica la fracción XXI del artículo 73 constitucional para permitir que el Congreso expida leyes generales que determinen tipos penales y sanciones mínimas en materias consideradas de alto impacto, entre ellas feminicidio, extorsión y delitos electorales.

La reforma avanzó previamente en el Congreso de la Unión con respaldo unánime de las distintas fuerzas políticas. Posteriormente, fue enviada a los congresos locales y obtuvo la aprobación de al menos 27 legislaturas estatales, requisito necesario para concretar el cambio constitucional.

 

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