¿El SAT tiene el poder de embargar tu casa, cuentas y bienes? Aquí te lo decimos

La respuesta corta es sí, El Servicio de Administración Tributaria (SAT), si puede embargar todos tus bienes.

Esto si acumulas créditos fiscales firmes y no los pagues.

El mecanismo opera sin la necesidad de alguna orden judicial previa y esta regulado por el Código Fiscal de la Federación (CFF).

Dichos plazos comienzan a correr desde el día siguiente de la notificación del adeudo.

Aquí algunos motivos por los cuales se puede activar un embargo:

Por deuda fiscal vencida.

Omisión de declaraciones mensuales o anuales.

Contribuyente considerado como desaparecido.

Operaciones con empresas dedicadas a la expedición de comprobantes.

Discrepancia fiscal no aclarada entre ingresos declarados y movimientos bancarios.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *