(24 de noviembre, 2020. Revolución TRESPUNTOCERO).- Gracias a la aprobación de diversas reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México, a partir de este martes 24 de noviembre, si un hombre agrede a su pareja en casa, deberá abandonar el inmueble, hacerse responsable del pago de los servicios y no podrá vender la vivienda.
Lo anterior ha quedado estipulado en el Artículo 63, fracción III de dicha ley, como parte de las medidas y órdenes de protección en materia penal, consideradas intransferibles.
“La desocupación inmediata por parte del agresor, del domicilio de la víctima, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aún en los casos de arrendamiento del mismo, del matrimonio en sociedad conyugal o de separación de bienes, y en su caso, el reingreso de la mujer en situación de violencia una vez que se resguarde su seguridad.
“Se debe garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del agresor con respecto a la propiedad o posesión que previamente existían o los apoyos que brindaba para ello”, dicta el apartado correspondiente.
Luego de la aprobación de estas reformas, a cargo del Congreso local capitalino, lo siguiente es que, en un lapso de máximo 120 días hábiles, la Jefatura de Gobierno lleve a cabo las reformas reglamentarias que se requieran para la aplicación del decreto.

