Un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México declaró infundada la queja promovida por Andrés Roemer para impedir que la Fiscalía General de Justicia (FGJ) y los medios de comunicación no divulgaran información sobre las tres órdenes de aprehensión que hay en su contra.
El amparo fue promovido el pasado 20 de diciembre bajo el argumento de que revelar información vulneraba su presunción de inocencia y se le señalaba “como responsable de diversos delitos de índole sexual”.
Los magistrados señalaron que “la expectativa razonable de privacidad” se ve minada por la obligación del Estado en materia de justicia penal. Así mismo, señalaron que no existe violación a la presunción de inocencia.
“Pensar lo contrario, implicaría llegar al extremo de considerar que todas las diligencias llevadas a cabo con el fin de ejecutar órdenes de aprehensión (…), son violatorias de los derechos de presunción de inocencia y de privacidad”.


