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La generosidad de Peña con el STPRM no tenía límites; sólo entre 2016 y 2018 el priista le entregó más de mil millones de pesos a Romero Deschamps

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La revisión de la Unidad de Inteligencia Financiera hacia Carlos Romero Deschamps, también incluye las cuentas bancarias de su esposa Blanca Rosa Durán y sus hijos Paulina, Alejandro y Juan Carlos Romero Durán.

Cabe mencionar que tan sólo entre 2016 y el 2018, la generosidad de Enrique Peña Nieto con el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) fue de 1 mil 189 millones 678 mil 794 pesos por los conceptos derivados de las cláusulas 251 y 251 bis del Contrato Colectivo de Trabajo vigente en ese periodo.

Lo anterior de acuerdo con información del  propio sindicato gracias a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Datos de Contralínea, señalan que  en 2016 se le transfirieron 354 millones 633 mil 90 pesos (de los cuales, 296 millones 533 mil 90.13 fueron por la cláusula 251 bis, y 58 millones 100 mil, por la cláusula 251).  En 2017 se le entregaron 405 millones 591 mil 76 pesos y en 2018  429 millones 454 mil 628 pesos.

Romero Deschamps logró que el flujo de efectivo a el Sindicato se diera gracias a la cláusula 215 bis, con la que la empresa petrolera les pagaba los festejos relacionados con el 1 de mayo, el día del trabajo, el 18 de marzo, además de ayudas previos al inicio de cada revisión anual.

El contrato establecía que el patrón se obliga a pagar salarios, prestaciones, viáticos y gastos conexos foráneos a 68 funcionarios del Comité Ejecutivo General, cinco consejeros sindicales, 89 integrantes de las Comisiones Nacionales Mixtas […] y 159 comisionados nacionales, así como a 12 comisionados adscritos directamente a las órdenes del secretario general del STPRM.

“Asimismo, el patrón [Pemex] pagará salarios y prestaciones, viáticos, ayuda para transporte y gastos conexos (locales) a los comisionados a tiempo completo ante los Comités Locales de Capacitación y ante las Comisiones Mixtas Locales de Seguridad e Higiene a que se refieren las cláusulas 41 y 65 de este contrato, y a los funcionarios sindicales seccionales”.

De tal forma que, diariamente  Pemex les pagaba viáticos, ayuda para transporte y gastos conexos locales y foráneos. Ello, señalaba el contrato, independientemente de que también les debía pagar “sueldos, gastos y pasaje redondo a los funcionarios sindicales de los Ejecutivos Locales o a las personas designadas por las asambleas, cuando concurran a las convenciones general o extraordinarias que sean convocadas por el sindicato, siempre que no excedan de una cada 2 años y que se dé aviso al patrón con 15 días de anticipación, aclarándose que esta prestación será por 1 mes.”

Además se establecía que los funcionarios y comisionados sindicales gozarían de vacaciones, cuando terminada su comisión regresaran al servicio del patrón y en caso de así solicitarlo “En este caso, cuando se dé por terminada su comisión sindical quedará a opción del interesado: reanudar labores sin que proceda ajuste alguno por los períodos de vacaciones liquidados o disfrutar en tiempo parcial o total las mismas efectuando en su caso los ajustes que correspondan”.

Si por algún motivo los trabajadores desempeñaban parcialmente su labores durante sus vacaciones, Pemex les debía dar una compensación extraordinaria en proporción al tiempo que estuvieron comisionados, así como un pago proporcional del incentivo por asistencia por el lapso laborado en dicho ciclo, sumando 37 días de salario ordinario como máximo.

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