Magistrado federal suspende por tiempo indefinido el cumplimiento de crear una Comisión de la Verdad y la Justicia para investigar el caso Ayotzinapa

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El día de hoy un Magistrado Federal, suspendió por tiempo indefinido el cumplimiento de cuatro amparos que ordenan crear una Comisión de la Verdad y la Justicia para investigar la desaparición de 43 estudiantes en Iguala.

Esto debido a que la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) declararon que existe una imposibilidad jurídica para cumplir con las sentencias dictadas por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito.

El plazo otorgado de 10 días para conformar la Comisión, venció este 1 de julio, sin embargo el Magistrado Sabino Pérez García de Reynosa, Tamaulipas encargado se supervisar el cumplimiento de los amparos, dio a conocer que se  suspende el trámite de ejecución.

“Tomando en cuenta que tanto la PGR como la CNDH arguyeron imposibilidad jurídica para cumplir con el fallo protector en lo que les atañe (integrar la comisión de investigación), una al promover el incidente respectivo y la otra al desahogar la vista concedida con motivo de este incidente, es por ello que para las mencionadas autoridades, así como para el Presidente de la República y la Cámara de Diputados, se suspende el tramite de ejecución de cumplimiento de la sentencia de amparo”, informó el día de hoy.

De esta forma permanecerá hasta que se resuelva el incidente de imposibilidad que la PGR presentó el 20 de junio, lo que podría tomar varias semanas, pues se debe dar vista a los abogados de las víctimas, desahogar pruebas y recibir alegatos antes de dictar sentencia, además de lo que resuelva el Magistrado  titular del Tercer Tribunal Unitario en Tamaulipas puede ser impugnable mediante el recurso de inconformidad.

Los amparos que el tribunal colegiado concedió a cuatros integrantes de Guerreros Unidos confesos de asesinar a los normalistas, ordenan que la Comisión de la Verdad se base en las líneas de investigación establecidas por los representantes de las víctimas y la CNDH, donde el Ministerio Público solo es auxiliar.

Sin embargo, la Conferencia Nacional de Procuradores acusó que las sentencias violan el Artículo 102 de la Constitución, el cual faculta exclusivamente al MP para investigar los delitos. Mientras que los argumentos de la CNDH de imposibilidad jurídica no se conocen públicamente.

Fue el 22 de junio pasado que Luis Raúl González Pérez, Ombudsman, declaró que la CNDH colaboraría en el caso sin rebasar su ámbito de competencia Constitucional.

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