La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este martes al Congreso de Chihuahua modificar su normativa electoral para incorporar la injerencia extranjera como causal de nulidad en las elecciones locales.
El Pleno del máximo tribunal concluyó por unanimidad que el legislativo estatal incurrió en una omisión al no incluir esta figura en su reforma del pasado 30 de junio, a pesar de estar contemplada en la Constitución federal desde el 2 de junio.
La resolución se emite en un contexto marcado por los señalamientos contra la gobernadora panista, María Eugenia Campos, por presunta traición a la patria e injerencia extranjera, derivado de la supuesta operación clandestina de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de Estados Unidos en territorio mexicano.
No obstante, la adecuación normativa no regirá en el proceso electoral que inicia este 1 de octubre, sino hasta las elecciones de 2030. Esto se debe al mandato constitucional que exige publicar cualquier modificación electoral al menos 90 días antes del inicio del proceso correspondiente.
Al presentar el proyecto, la ministra ponente Sara Irene Herrerías Guerra detalló que existía una obligación clara de armonización: «El proyecto propone declarar los agravios como fundados al tratarse de una omisión legislativa relativa»
«El Congreso local sí legisló sobre infracciones, sanciones y nulidades vinculadas con violencia, delincuencia e influencia indebida. Sin embargo, no armonizó integralmente el régimen local con la referida nueva causa constitucional de nulidad».
Invalidan sanciones por presuntos nexos delictivos
En la misma sesión, el Pleno de la SCJN invalidó disposiciones de la reforma chihuahuense que sancionaban a aspirantes, precandidatos y candidatos con la pérdida de su registro por presunta vinculación con actos delictivos, crimen organizado o financiamiento ilícito.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía respaldó la invalidez al advertir que la norma contemplaba un catálogo demasiado amplio e indeterminado de conductas:
«Se refiere a actos que, mediante violencia, fuerza armada, intimidación, amenazas o cualquier forma de coacción o amago, impliquen intervención, intromisión, financiamiento, presión, manipulación o influencia indebida (…), con independencia de si es mínima o de suma gravedad», sostuvo,
El ministro también señaló que se pretendía imponer una responsabilidad objetiva sin acreditar la culpabilidad del imputado.
Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa emitió el único voto en contra de este apartado, argumentando la necesidad de frenar la infiltración criminal en la política:
«La finalidad de sancionar los actos de violencia, intimidación, amenazas, presión, manipulación del electorado, etcétera, preserva la equidad de la contienda (…). No es posible tolerar este tipo de actos de delincuencia en una democracia», aseveró al defender la proporcionalidad de la medida.









