SCJN resuelve que se pueden portar más de 5 gramos de mariguana para consumo personal

Este asunto llegó a la Corte tras un amparo promovido por la organización México Unido contra la Delincuencia (MUD).

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La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es inconstitucional penalizar la posesión de más de 5 gramos de mariguana

Esto solo cuando el indiciado pueda demostrar que es para consumo personal.

La Corte precisó que serán los fiscales y jueces quienes determinen en cada caso si la droga portada es para este fin.

Este asunto llegó a la Corte tras un amparo promovido por la organización México Unido contra la Delincuencia (MUD), en apoyo un ciudadano identificado como Édgar “N”.

Édgar “N” fue detenido por elementos de la policía de la Ciudad de México y sentenciado por portar 30 gramos de mariguana.

Por ello quejoso promovió un amparo donde señala la “incongruencia” entre la despenalización del consumo del cannabis y la existencia de una norma que establece un límite.

Con información de Excélsior. 

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