(15 de mayo, 2016).- Luego que el Juzgado Primero de Distrito en Procesos Penales Federales sostuviera que los 43 normalistas de Ayotzinapa hayan sido víctimas de desaparición forzada “porque los indicios apuntan a que están muertos y no a que fueron ocultados por el Gobierno”, Vidulfo Rosales, abogado de los padres de los 43 normalistas desaparecidos, dijo que la investigación en el caso Ayotzinapa continúa pues dicha resolución sólo se refiere a “una consignación que en su momento fue basada en la teoría de la PGR de que los estudiantes fueron asesinados en el basurero de Cocula”.
“Es una determinación judicial anacrónica, estamos hablando de una resolución de 2014 en la que todavía el juzgado no tenía muchos elementos probatorios, no había informe del Grupo Interdisciplinario de Expertas y Expertos Independientes (GIEI), no había elementos vastos para poder determinar con exactitud la situación que en ese momento prevalecía”, dijo.
“En el tema del basurero de Cocula hay carencias, hay irregularidades, eso no se tenía en ese tiempo, entonces la investigación sigue, hay otras consignaciones”, añadió.
Además dijo que en términos judiciales es imposible sostener que los normalistas fueron asesinados puesto que es una resolución de 2014 “con elementos que el juez no tenía para formarse otra convicción y lo segundo es que sólo hace alusión a una consignación”.
Según la justicia federal, la SEIDO no acreditó el ocultamiento de las víctimas, “uno de los tres requisitos básicos para configurar la desaparición forzada” y dado que las tres condiciones son indivisibles y a falta de una de ellas no se acredita el delito, el fallo es inapelable. Así, los jueces no analizaron el otro requisito; “al no acreditarse el primero de los elementos, es innecesario realizar el estudio relativo a la demostración de los demás elementos que conforman el cuerpo del delito; y, por ende, la probable intervención de aquellos (acusados)”.
Otro “argumento” del tribunal fue que dado que la desaparición forzada, tiene una cualidad represiva, en este caso “eso tampoco ocurrió” pues “es lógico que una corta o breve privación de su libertad no lograría la finalidad represiva que pretende evitarse a través de su inclusión en el catálogo penal”,


