SAT exhibe a deudores, ¿y los perdonados?

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Carlos Portillo / @portillo_carlos

(8 de enero, 2014).- Una de las consecuencias derivadas de la reforma hacendaria, fue la reinterpretación del Código Fiscal de la Federación (CFF), determinando que, según su artículo 69, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la obligación de revelar los datos de contribuyentes condonados, con créditos fiscales en firme, deudas exigibles pero sin garantía, no localizados y con sentencia condenatoria.

La nueva medida comenzó a aplicarse desde el primer día del año en curso, utilizando el portal del SAT para exponer un amplio listado de contribuyentes deudores; sin embargo, no se dio a conocer la identidad de quienes les fueron condonados créditos fiscales e impuestos.

Dicho sitio, aclaró que acerca de estos casos, sólo se publicarán los que sean generados a partir del 1 de enero de 2014, pero no señalaron una fecha específica para presentar la información.

La titular de la Procuraduría para la Defensa del Contribuyente, Diana Bernal, recalcó que en la redacción del Código se menciona, justamente conjugado en tiempo pasado, que a quienes se les “hubiere condonado” créditos, deberán aparecer en la que se ha nombrado en redes y medios, “lista negra”.

Asimismo, Bernal explicó que cualquier ciudadano tiene el derecho de interés legítimo de la sociedad, para solicitar el nombre de los condonados.

diana bernal

Por su parte, Miguel Pulido, director del Centro de Análisis e Investigación Fundar, comentó que en las finanzas públicas se encuentra disponible toda la información sobre programas y condonaciones relacionadas a montos pequeños, pero que en lo referido a montos millonarios, existe mucha opacidad en los datos.

Al ser cuestionado sobre esto, el SAT respondió que la razón de no haber publicado los nombres de contribuyentes con créditos fiscales condonados y/o cancelados, se debe a que son hechos ya consumados, que tuvieron lugar antes de la entrada en vigor del nuevo CFF.

“Esos contribuyentes no sabían que al apegarse al beneficio de la condonación, sus datos se publicarían”, declaró el organismo. No obstante, la cancelación de créditos realizada en otros años, fue un acto unilateral por parte del mismo SAT, y no el resultado de una petición de los contribuyentes condonados.

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