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Última llamada para la desaparición del arraigo en México

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Óscar Balderas / @oscarbalmen

 

(06 de febrero, 2014).- La polémica figura del arraigo en México tiene una última llamada para desaparecer del sistema judicial.

El 15 de enero de 2014, el diputado federal del PRD José Luis Muñoz Soria presentó en San Lázaro una iniciativa de ley que eliminaría de tajo esta figura, creada en 2008 como una medida cautelar en la averiguación previa de un delito para que el presunto responsable quede detenido mientras se resuelve su caso.

Aunque esta figura pretende impedir que el inculpado huya o adopte otra identidad para no responder por su delito, organizaciones como el Comité contra la Tortura de la ONU han expresado al gobierno mexicano sus preocupaciones por las violaciones a derechos humanos que esto conlleva.

Lo mismo han hecho organizaciones como Amnistía Internacional y Human Rights Watch, la cuales en abril de 2013 presionaron al Congreso mexicano a tal grado que se discutió la eliminación de esta figura.

Pese a que los legisladores reconocieron fallas en el concepto, apenas se logró que 280 diputados votaran por reducir de 80 a 40 días el máximo tiempo que una persona puede permanecer arraigada.

Ahora, durante el primer periodo ordinario de sesiones de 2014 en la Cámara de Diputados, los legisladores deberán discutir si se elimina de manera formal o no.

El documento, cuya copia posee REVOLUCIÓN TRESPUNTOCERO, plantea derogar un párrafo del artículo 16 de la Constitución mexicana para acabar con el arraigo en México.

El párrafo en cuestión señala: “La autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo de una persona con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, sin que pueda exceder de cuarenta días, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia. Este plazo podrá prorrogarse, siempre y cuando el Ministerio Público acredite que subsisten las causas que le dieron origen”. Y de aprobarse, quería eliminado por completo.

“El arraigo va en contra de la presunción de inocencia, mejor conocido como ‘pincipio pro persona”’ lo cual conlleva un retroceso al viejo sistema, toda vez que el principio de inocencia configura la libertad del sujeto”, dice el documento.

Para justificar su iniciativa, el diputado Muñoz Soria echa mano de diversos diagnósticos de organismos internacionales.

Por ejemplo, que Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes de la ONU, considero en su informe sobre la visita a México que “la figura jurídica del arraigo puede llegar a propiciar la práctica de la tortura al generar espacios de poca vigilancia.

Que Informe de la Relatora Especial sobre la Independencia de los Magistrados y Abogados 2011, consideró que “el arraigo debería desaparecer del sistema de justicia penal en México”.

Que el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias recomendó “eliminar el arraigo de la legislación y la práctica, tanto a nivel federal como estatal para prevenir casos de desaparición forzada”.

Que en 2012, el Comité contra la Tortura de la ONU, en sus observaciones finales de los informes periódicos quinto y sexto combinados en México, señaló que: “A la luz del párrafo 2 del artículo 2 de la Convención, el Comité reitera su recomendación de que el Estado parte elimine la detención mediante arraigo de la legislación y la práctica, tanto a nivel federal como estatal”.

El arraigo, afirma la iniciativa de ley, también viola distintos tratados internacionales sobre derechos humanos firmados en México.

Violenta la Declaración Internacional de los Derechos Humanos,  el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que definen esta figura jurídica como “detención arbitraria” y “violatoria del debido proceso”.

“En la actualidad existen diversas medidas cautelares, como ejemplo, detener en flagrancia a cualquier persona que realice cualquier acción u omisión que produzca un delito; detener en caso urgente; y solicitar una orden de aprehensión cuando existan datos suficientes que presuman la responsabilidad penal de una persona por cometer un delito.

“En virtud del anterior razonamiento, resulta notorio que si dichas figuras no son suficientes para detener a una persona, es porque no existen datos suficientes para creer que la persona es culpable, lo cual hace pensar que el Ministerio Público pretender encontrar una alternativa fácil en la investigación y evadir la responsabilidad que se le encomienda en cuanto a recabar pruebas y testimonios para determinar la verdad absoluta de los hechos”, señala el texto que deberán discutir los legisladores.

De acuerdo con cifras de la Procuraduría General de la República (PGR), en los últimos cuatro años del gobierno de Felipe Calderón más de 4 mil personas fueron arraigadas y sólo 200 fueron consignadas; es decir, cerca de 3 mil 800 ciudadanos fueron concentrados en centros de detención sólo para saber, dos meses después de cautiverio, que efectivamente eran inocentes.

“El arraigo es una figura de la que se abusó. Estos nos habla de que 3 mil 800 personas estuvieron detenidas 40 u 80 días sin ningún progreso en su situación. Pero eso no es lo más grave: del arraigo surgió un efecto perverso por que la PGR se confió y hubo casos en los que nadie hizo nada”, señaló en su momento el actual procurador Jesús Murillo Karam.

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