(03 de julio, 2014).- Las agresiones contra periodistas continúan pese a las denuncias y las recomendaciones internacionales hacia las autoridades mexicanas. Esta vez, Carmen Olsen, con 16 años de experiencia en el municipio de Rosarito, Baja California, enfrenta auto de formal prisión por los delitos de difamación y ultraje a la autoridad.
Todo se desencadenó el 4 de enero de 2013, cuando Olsen tomó fotografías a unos policías municipales que golpeaban a un joven en la calle, éstos arremetieron en contra de ella, golpeándola y ordenaron remolcar su auto hasta la comisaría con ella dentro.
Ella los denunció por abuso de autoridad y privación de la libertad, sin embargo la demanda se disolvió con el amparo que los policías interpusieron, así fue como ellos impusieron una demanda por ultraje a la reportera.
Por otro lado, días antes de estos hechos, la periodista publicó en su cuenta de Facebook que Claudia Espinoza Díaz, secretaria del entonces director de Policía Municipal de Rosarito, Francisco Castro Trenti, había disparado un arma en el baño de una gasolinera; Espinoza dijo que había sido otra mujer policía y denunció a Olsen por difamación y calumnias.
Esto ha mermado la labor de Carmen Olsen, dado que ha tenido que publicar únicamente información de boletines y notas sin mayor trascendencia. “Es gente muy poderosa, que tiene mucha gente a sus órdenes, el mismo Castro Trenti es hermano de quien fue el candidato a gobernador por el PRI”, firma.
Olsen es una de las cinco periodistas que en el estado de Baja California enfrenta cargos por difamación y calumnias, siendo la entidad uno de los 13 estados que todavía tipifican la difamación, calumnia y demás causales contra el honor como delitos, pese a que desde el 2011 hasta la fecha se han presentado tres diferentes iniciativas para despenalizar estos delitos, sin que hayan sido consideradas.
Por el contrario, a nivel federal, el Estado mexicano derogó esta tipificación en 2017, apegándose a la recomendación de Naciones Unidas y tratados internacionales ratificados por el país en materia de libertad de expresión.
De las 31 denuncias que la organización civil Artículo 19 ha documentado contra periodistas de enero de 2009 a junio de 2014, por este tipo de denuncias, todas han sido interpuestas por políticos, empresarios o funcionarios. “Son instrumentos a la mano del poder político y económico para perseguir, procesar y hasta sancionar con cárcel a periodistas críticos o incómodos”, explicó Leopoldo Maldonado, abogado de Artículo 19.
En Baja California, este delito por difamación puede ser sancionado hasta con dos años de prisión. Hoy 3 de julio, la Comisión de Gobernación, Legislación y Justicia del Congreso del estado dictaminará sobre la derogación de este delito.
Sin embargo cabe recordar el caso del estado de Michoacán, cuando luego de haberse derogado los delitos por injuria, calumnia y difamación en el Código penal de esta entidad, se reformó el pasado 31 de enero para incluir los ataques contra el honor, la intimidad y la buena imagen.
“En el desgobierno que impera en la entidad se recriminaliza la libertad de expresión en Michoacán y creemos que es porque se busca cubrir a los funcionarios implicados en tema de corrupción y narcotráfico”, afirma Maldonado.
Artículo 19 exige que se despenalice en todo el país y se establezca una ley civil que asegure el equilibrio entre el respeto del derecho al honor y la buena imagen, sin que se coarte la libertad de expresión:
• Defensa de la verdad, no puede castigarse por ninguna vía que se difunda información verdadera.
• No son castigables las citas textuales de terceros, aun cuando sean falsas.
• El daño causado debe ser objetivamente demostrable, castigar la ofensa es un panorama muy amplio y discrecional.
• Los funcionarios públicos tienen un umbral menor de derecho al honor porque están sujetos al escrutinio público y tienen más acceso a medios para dar su versión.
• Apegarse al estándar de la Real Malicia, que refiere a hechos falsos publicados dolosamente, es decir a sabiendas de su falsedad.
• Proporcionalidad de las sanciones económicas de reparación.
• El derecho a la reparación del daño también incorpora la rectificación del medio en igualdad de condiciones que la publicación original que causó el daño.
Pese a que en la Ciudad de México no están penalizados los ataques al honor, nueve periodistas fueron denunciados en los últimos cinco años. “Es una acción mediática para buscar inhibir, pero no se puede traducir en términos legales porque esos delitos ya no existen en el Código Penal”, concluye Maldonado.


