(18 de marzo, 2016).- Ahora en Estado de México la violencia ejercida por agentes policiacos será legal. Ya que el Congreso del estado de México aprobó la Ley para Regular el Uso de la Fuerza Pública, que estipula los supuestos en que los cuerpos de seguridad podrán emplear armas letales e incluso disolver reuniones o asambleas que estos consideren “ilegales”.
Así es como los agentes de seguridad púbica podrán usar la fuerza “en legítima defensa del elemento o de terceros; por cumplimiento del deber al salvaguardar los derechos, bienes y libertad de las personas, el orden y la paz pública, o para prevenir delitos, cuando sea necesario para salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno de algún peligro”, versa el documento.
Se especifica que “cuando sea estrictamente inevitable para proteger la vida de otras personas o del elemento, éste podría hacer uso intencional de armas letales, pero sólo en defensa propia o de terceros en caso de peligro inminente de muerte, lesiones graves o para evitar un delito que represente una seria amenaza, o para impedir una fuga, cuando otras medidas hayan sido insuficientes”.
Aunque dicha ley, garantiza el derecho a la libre manifestación, reunión o asambleas. El artículo 14 detalla que los agentes “podrán emplear la fuerza en el control de multitudes y disturbios públicos para restablecer el orden y la paz social con el fin de evitar actos de violencia, daños a terceros, propiedades y la integridad física de las personas. Se respetará el ejercicio del derecho de asociación y reunión de personas siempre que éste se efectúe en los términos previstos por el artículo 9 constitucional”.
Derivado del contenido del documento, los diputados y la dirigencia estatal del partido Morena consideraron esta ley es contraria a los derechos humanos y acusaron a Eruviel Ávila, autor de la iniciativa, de pretender legalizar actos represivos y criminalizar la movilización social.
En su conjunto, los seis legisladores de Morena votaron en contra de la nueva ley, además anunciaron que solicitarán al presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Raúl González Pérez, que promueva una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra este ordenamiento, al que bautizaron como ley Atenco.
Uno de los principales puntos cuestionados por MORENA fue que otorgó al mando de la policía la facultad “discrecional” de determinar cuando una asamblea, manifestación o reunión es ilegal y se le faculta para “dispersarla”. Esto en referencia al artículo 15 del ordenamiento, el cual señala que una asamblea o reunión es ilegal “cuando el grupo de personas se reúna con un fin ilícito, se encuentren armadas o cuando, en la petición o protesta que hagan ante la autoridad, expresen amenazas para intimidarlas u obligar a resolver en el sentido que desean”.
El artículo 16 también ha sido descalificado, puesto que señala que la responsabilidad de ordenar el uso de la fuerza pública es exclusiva del mando al cargo de la operación, quien deberá informar de la decisión a su superior. Lo que Morena considera que “pretende eximir de toda responsabilidad a funcionarios de alto nivel en la toma de estas decisiones, para evitar que sean señalados como sujetos de recomendaciones de la CNDH u otros procedimientos”.
Dicha ley también regula las detenciones en flagrancia y de personas armadas y especifica cómo deben proceder los policías; asimismo, señala cómo se aplicará la fuerza en cárceles y en caso de desastres naturales. Tipifican conductas como actos crueles, abusos y tortura y se fijan procedimientos para castigar estos abusos de los agentes, además de que se garantiza la reparación del daño.


