El 10 de diciembre se aprobó la Ley General de Economía Circular y se reformaron otras normas con el propósito de transformar el modelo económico lineal de “tomar, usar y tirar” hacia uno que prioriza la reducción, reutilización, reparación y reciclaje de productos.
Sin embargo, algunas críticas del sector ambientalista han sido retomadas para generar desinformación. Si bien distintas organizaciones civiles y activistas han señalado que la nueva ley es perfectible, también se ha reconocido que es un esfuerzo sin precedentes en agenda ambiental y de desarrollo sostenible.
En este sentido, cabe aclarar que el fin de la economía circular es incrementar la vida útil de los productos, reducir la generación de las más de 120 mil toneladas de basura y residuos sólidos urbanos que se generan diariamente en México, y disminuir la presión sobre los recursos naturales.
Para lograrlo, se plantead distintas acciones. Una de las más importantes es la creación del Sistema Nacional de Economía Circular que tiene como objetivo la coordinación entre los tres órdenes de gobierno para el cumplimiento de los fines de la Economía Circular de acuerdo con los criterios y principios establecidos en la Ley.
REP, el enfoque político que responsabiliza a los productores de todo el ciclo de vida
El decreto recientemente aprobado reconoce de forma explícita varios desafíos que se han acumulado desde hace años, tales como la presión sobre los sitios de disposición final, el aumento de la contaminación por residuos, la pérdida de biodiversidad y el incremento de las emisiones de gases de efecto invernadero.
La aprobación es inédita, pues dentro de sus puntos clave, destaca la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), condición que obliga al sector productivo e importadores a organizar, fomentar y, en su caso, financiar los esquemas de Economía Circular de los productos que generan o importan.
También destaca la inclusión del principio de Trazabilidad, definición como la recolección de información en toda la cadena de manejo de un determinado producto o material, con la finalidad de contar con un registro de los datos de los flujos del Ciclo de Vida, conforme a la normativa aplicable.
Asimismo, destaca la elaboración del Programa Nacional de Economía Circular, que tendrá el carácter de especial y de cumplimiento obligatorio, de conformidad con la Ley de Planeación, así como expedir la Norma Oficial Mexicana (NOM) de Economía Circular, los correspondientes estándares y las demás disposiciones generales con carácter técnico.
Adicionalmente, la Ley incorpora el concepto de reciclaje inclusivo con el que se reconoce y visibiliza la aportación social, económica y ambiental de la actividad de las personas recicladoras de base o pepenadoras, así como el desarrollo e implementación de modelos que incluyan a estas personas en la Economía Circular.
Durante la discusión de la ley, voces de la oposición sugirieron que el proyecto solo beneficiaba al sector económico y no era de carácter ambiental, sin embargo, la ley establece principios obligatorios de economía circular y contempla sanciones administrativas por incumplimiento.


