Pese a que se vislumbraba un avance en la propuesta que prohibía la venta de alimentos chatarra en las escuelas a nivel básico, media y superior, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó negar el amparo solicitado por la Compañía Embotelladora Del Fuerte SA de CV.
Sin argumentar la razón del voto los ministros Javier Laynez, Eduardo Medina Mora, Margarita Luna Ramos y Alberto Gelacio Pérez Dayán rechazaron el protocolo elaborado por el Fernando Franco González Salas el cual sustentaba la decisión de la Secretaría de Educación Pública (SEP) de prohibir la venta de comida chatarra en las escuelas con el fin de proteger los dictado por la Constitución, que es proteger la salud de los estudiantes y así combatir el grave problema de México, la obesidad y el sobrepeso.
La compañía solicitó el amparo con el argumento que la prohibición de la venta de sus productos en escuelas de educación superior, altos en grasa y azúcar, ya que ello limita el derecho al comercio, así como la libertad de los consumidores a decidir informados sobre los productos que quieren adquirir.
Por su parte Fernando Franco, mediante la propuesta realizada, recalcó que los criterios nutricionales de la Secretaría de Salud son constitucionales y no vulneran el derecho al libre comercio pero sí fomentan el derecho a la salud de las y los estudiantes.
En lo que refiere al argumento de la SEP, se recalcaba que la obesidad y sobrepeso es el principal problema de salud en México y que al conceder el amparo a la compañía sólo obstaculizaría las medidas del Estado para garantizar a la sociedad el derecho a una alimentación de calidad.


