El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió invalidar el delito de ciberasedio contemplado en el Código Penal de Puebla, al concluir que su redacción no cumplía con los estándares constitucionales y abría la posibilidad de interpretaciones arbitrarias.
La decisión se tomó por mayoría de votos, tras considerar que el tipo penal carecía de claridad suficiente para definir las conductas sancionables, lo que contraviene el principio de taxatividad, el cual exige precisión en las normas penales para evitar abusos en su aplicación.

Con este fallo, el delito deja de tener efectos legales y no podrá seguir utilizándose para procesar a personas, además de que se extinguen los procedimientos iniciados bajo esta figura. La Corte también advirtió que la redacción podía inhibir la libertad de expresión en entornos digitales.
Durante la discusión, algunos ministros señalaron que, pese a la necesidad de regular conductas en redes sociales, la norma presentaba imprecisiones que podían generar incertidumbre jurídica. En tanto, autoridades legislativas locales indicaron que acatarán la resolución del máximo tribunal conforme a sus facultades.
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