En Cámara de Diputados aprueban licencias de maternidad y paternidad en caso de adopción

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Esta tarde, la Cámara de Diputados aprobó adicionar un artículo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, para establecer que en caso de adopción, las madres trabajadoras disfrutarán de un periodo de descanso de seis semanas posteriores al día en que reciban al infante, conservando íntegros todos sus derechos, inclusive el goce de la totalidad de su sueldo.

Asimismo, los padres trabajadores, disfrutarán de una licencia paternal, conservando íntegros todos sus derechos inclusive el goce íntegro de sueldo, por un periodo mínimo de cinco días posteriores al nacimiento de sus hijos y de igual manera en el caso de la adopción.

La votación pasó con 341 votos a favor y enviado al Senado de la República para sus efectos constitucionales

Al respecto, el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (PES), presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, expresó que el propósito es corregir las deficiencias existentes en el orden jurídico en cuanto al ejercicio equitativo de la paternidad y la maternidad, particularmente tratándose de aquellos que han ejercicio el derecho de la adopción, especialmente a trabajadores al servicio del Estado.

La antigua legislación tenía una omisión donde no otorga ni reconoce los mismos derechos para adopción, como sí lo hace con los padres por nacimiento.

crn

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