spot_img

Establecer rango de edad para una oferta laboral es discriminatorio e inconstitucional: SCJN

- Anuncio -

(12 de noviembre, 2014).- Dos convocatorias laborales desataron demandas a la empresa por daño moral al considerar que, al establecer un rango de edad para solicitar los empleos, éstas resultaban discriminatorias.

Para los dos puestos, uno de recepcionista y el otro para organizador de eventos  se requería una edad entre los 18 y 25 años para el primero y entre 18 y 35 para el segundo. El anuncio para recepcionista incluía otros requisitos como talla y estatura.

Durante diversas instancias se resolvió que no se había actualizado un daño moral a partir de las convocatorias para dichos empleos, por lo que este asunto llegó a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Por mayoría de cuatro votos, La Primera Sala resolvió que son inconstitucionales las convocatorias laborales que establecen cierta edad para poder trabajar, por representar un caso de  discriminación  y determinó que en algunos casos el rango de edad en una oferta de empleo va dirigido a la obtención de una imagen comercial sexista, lo que es calificado como discriminación múltiple.

También, aseguró que el empleador debe abstenerse de discriminar al seleccionar al personal de trabajo y que la edad de una persona será un elemento justificado para que un empresario tome la decisión, solamente cuando por la actividad de que se trate o el contexto en que se lleve a cabo, sea un requisito esencial y determinante para hacer las actividades.

De igual manera, manifestó que no es posible generalizar ciertas habilidades físicas y mentales de acuerdo a la edad de las personas, sino que éstas deben ser determinadas a base de pruebas individuales y no de prejuicios y aseveró que el derecho a la no discriminación debe ser respetado tanto por las autoridades como por los particulares.

Asimismo, la Primera Sala determinó que los actos discriminatorios en las ofertas laborales, en ocasiones pueden dar lugar a una indemnización y a medidas reparatorias en contra de la empresa.

- Anuncio -spot_img

MÁS RECIENTE

NO DEJES DE LEER