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Por negligencia de Ministerios Públicos e instituciones de salud, miles de feminicidios (2/3)

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(19 de febrero, 2014).- Adriana, Verónica, Silvia, Rocío, Patricia, Olga, Nancy, Mireya… la lista de víctimas de feminicidio continúa e incluye a mujeres estudiantes, trabajadoras, amas de casa. Nadie sabe cuáles fueron exactamente sus últimas palabras, aunque de muchas sí puede atinarse el tipo de sufrimiento que antecedió a su muerte.

La violencia contra las mujeres en México tiene varias aristas, comenzando por el desconocimiento de sus derechos, las prácticas machistas perpetuadas en el seno familiar, la comunidad, las instituciones y, principalmente, reproducidas por los encargados de la procuración e impartición de justicia, complejizando así el fenómeno. Además, la omisión de las entidades federativas para reformar sus legislaciones y códigos civiles y penales es algo que se suma a la muralla de obstáculos que impiden “una vida libre de violencia”.

Como se indicó en la primera parte de este reportaje, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), formulada y escrita por legisladoras e investigadores, entre quienes se encuentra la doctora en Antropología, Marcela Lagarde, tipifica cualquier modalidad de violencia contra las mujeres como delito.

Sin embargo, el doctor en Demografía por el Institut de Démographie de la Universidad Católica de Lovaina, Bélgica, Carlos Echarri Cánovas, explica que “lo que la ley define como violencia no forzosamente es un delito, porque desde su entrada en vigor –el 2 de febrero de 2007– no han habido todas las reformas que deben realizarse en las leyes de los estados. No hay la adecuación de los códigos penales”.

Un problema aún mayor es que cuando llega una mujer a interponer una denuncia por alguna modalidad de violencia, no puede ser atendida y tampoco el agresor puede ser castigado, como señala Echarri Cánovas: “esto es violencia, pero no es delito porque no se estipula  en el código penal ni en el código de procesos penales. Entonces, el agente del Ministerio Público revisa su cuadernillo y dice ‘no hay pena’”.

El doctor en Demografía, quien participara en las investigaciones que se realizaron para la elaboración de la LGAMVLV, comenta que además de que en los estados y municipios no se persigue la violencia contra las mujeres como delito, se tienen ciertas prácticas sexistas  por parte de los  Ministerios Públicos, como la mediación o intimidación a través de frases como: “‘Señora, ¿por qué hace enojar a su marido?’. Recuerdo un caso que nos dijeron en San Luis Potosí sobre una mujer que va con el MP, la agente le gira un citatorio para que la agredida se lo entregue al marido. Ésta regresa a su casa, se lo entrega a su esposo, el marido monta en cólera y la empieza a golpear. Los vecinos oyen los gritos, llaman a la patrulla, ésta llega, pero no pueden entrar al domicilio. El marido agarra un galón de gasolina, se lo echa encima y le prende fuego. La agente del MP sólo tuvo una sanción administrativa”.

Algunas dependencias gubernamentales de atención a los derechos de las mujeres, como el Instituto Nacional de las Mujeres (INMujeres) y los respectivos institutos estatales han ofrecido cursos sobre procuración e impartición de justicia con perspectiva de género tanto al personal médico y policíaco como a los aspirantes a laborar en las agencias de Ministerio Público. En los portales de Internet de algunos gobiernos estatales como lo son Morelos, Veracruz o Querétaro, se informa que –apegados a la LGAMVLV– han elaborado folletos y cursos para el personal de las dependencias de seguridad pública, sin que hasta ahora se hallan ofrecido resultados de las acciones emprendidas para el cese de la violencia contra las mujeres (tema que se abordará en la última entrega de este reportaje).

Recientemente en Baja California Sur se tipificó el delito de feminicidio en la legislatura local, lo que fue aplaudido por las dependencias y los funcionarios públicos. De acuerdo con el INMujeres se cuentan ya 30 estados que contemplan a la violencia feminicida como delito. La única entidad faltante es, paradójicamente, Chihuahua, que ha sido foco de atención internacional debido a las impresionantes cifras de mujeres muertas y desaparecidas en Ciudad Juárez.

El académico de la Universidad Católica de Lovaina argumenta que, si bien en las noticias y los periódicos se dice  que las entidades han cambiado los códigos penales y civiles de acuerdo con lo dictado por las dependencias gubernamentales y las entidades federativas, tipificando el feminicidio como delito,  “lo que sucede en realidad es que sólo se aprobó en comisiones” de los congresos locales. Por lo tanto, se requiere que los gobernadores de los estados promulguen las nuevas legislaciones para, posteriormente, reformar los códigos penales y civiles, con el fin de que en ellos se establezcan las sanciones punitivas a quienes cometan cualquier modalidad de violencia contra las mujeres.

Durante la LIX Legislatura, en la que se redactó la LGAMVLV, la Comisión Especial de Feminicidio hizo un diagnóstico de 10 entidades federativas. Angélica de la Peña explica al respecto que antes de ese estudio, “pensábamos (las legisladoras impulsoras de la ley) que el mayor número de mujeres y niñas asesinadas lo iba a tener Chihuahua; pues no, ese año fue Nayarit. Otra cuestión emblemática que aprendimos fue que en el caso de Sonora, del total de mujeres asesinadas, el 60 por ciento había presentado una denuncia ante el Ministerio Público de agresiones de violencia por parte de quien después fue su asesino”. Denuncias que no recibieron un oportuno seguimiento por parte de los agentes de los Ministerios Públicos.

Más casos en los que las agresiones a las mujeres –por ser consideradas culturalmente del ámbito doméstico– son remitidas a una reconciliación. “Aunado a que los jueces y agentes del MP dicen a las mujeres: ‘¿Ya lo pensó bien? Porque si usted denuncia, yo lo voy a meter a la cárcel y, ¿de qué va a vivir? ¿Qué le va a decir a sus hijos? ¿Que usted metió a la cárcel a su papá?’, cuando la respuesta es ‘no, espéreme, metí a la cárcel a un tipo que me estaba golpeando’”, señala Echarri.

Por otro lado “tienes a las mujeres que han sido golpeadas toda la vida, que piensan que dependen de un varón –el padre, el marido, el novio–, que piensan que no sirven para nada, que piensan que sin ellos se mueren. Con ellos también”, continúa Echarri. Mientras que además reciben insultos como “‘no sabes hacer nada, eres fea, eres gorda y tonta, ¿quién te va a querer si no soy yo?’, etcétera”.

Sumado a ello, “en el momento seguimos con una participación de las mujeres en el mercado de trabajo muy baja. Aún en niveles que llegan a la universidad y que la terminaron, que no tienen recursos económicos propios, que no pueden salir sin permiso. Eso sucede aquí (en la Ciudad de México), no en la sierra de Oaxaca o pensamos que sólo sucede en países de medio oriente como Afganistán. Aquéllas que tienen que pedirle permiso al marido o están sometidas al control de la suegra, o ¿cuántas mujeres no saben lo que gana el cónyuge? Todos esos factores se juntan para que cuando todas esas mujeres llegan a denunciar al Ministerio Público se retracten y accedan a la conciliación.

“Entonces lo que se tiene es una estructura que está muy bien armada para evitar que las mujeres denuncien”, condena Echarri, y aclara que “una cosa que tiene la LGAMVLV es que no permite la conciliación. Tú no puedes hacer conciliación entre individuos que están desiguales. Porque si vas a negociar necesitas estar en igualdad. En equilibrio”, explica.

La falta de información dirigida a las mujeres sobre sus derechos, así como la ausencia de “las ventanillas” disponibles para denunciar o prevenir cualquier tipo de agresión física, sexual o verbal y la falta de bases de datos y estadísticas actualizadas periódicamente complican el camino para la prevención y erradicación de la violencia.

Se tienen encuestas como la Endireh, la Endim pero el intervalo entre una y otra hace sinuoso obtener datos confiables sobre el número de mujeres víctimas de violencia como la identificación de las vidas en riesgo. “No hay sistemas de información en las Procuradurías Generales de Justicia estatales. Lo que tiene el Secretariado Ejecutivo de la Secretaría de Seguridad Pública son denuncias”.

Existen agresores, víctimas y tipos de violencia pero “no sabemos si una mujer puede haber sufrido varias situaciones de agresiones”, por lo que las denuncias en las procuradurías o en los Ministerios Públicos no se conocen más. Así, de acuerdo con Echarri se “debería pedir que haya sistemas de información y reportes mensuales de las procuradurías. Ese es un problema, si no sabemos cuántos delitos hay, si no sabemos cuántos son castigados, estamos fregados”.

Asimismo, el investigador denuncia que “todavía nuestras leyes y la forma de enseñar las leyes son conceptos decimonónicos del siglo XVII, porque muchos de esos códigos siguen con esta concepción del derecho romano del pater familias que era el dueño de la vida y hacienda de toda la familia, mujer e hijos. Tenemos que cambiar esa mentalidad que sigue viendo a las mujeres como propiedad del hombre y que le da al hombre la potestad de castigar supuestas faltas”.

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Otro ámbito a considerar  es el de las instituciones de salud, “si con cada mujer que es atendida en los centros de salud u hospitales por lesiones, en lugar de sentarse a esperar a ver si ella decide querellarse o no, lo agarraran por feminicidio en grado de tentativa, eso marcaría una pauta. La gente se lo pensaría dos, tres, cuatro veces antes de golpear a la mujer. Realmente sería el Estado trabajando en la defensa de lo más preciado que es la vida”, opina Echarri.

Las dependencias de salud públicas y privadas son las encargadas de emitir los certificados de defunción, con copia a la Secretaría de Salud, para el INEGI, y en el caso de muertes externas por homicidio o suicidio se notifica además a los Ministerios Públicos. Como explica el también docente del Colegio de México, se estipula que en estas situaciones “debería iniciarse una averiguación previa y en todos los casos debería hacerse por dos peritos. Eso es lo que dicen los códigos de los estados y el federal, la realidad es otra”.

En tanto, sólo se cuenta con datos de la Secretaría de Salud acerca de los casos de violencia feminicida; “no del IMSS, ni del ISSSTE o de PEMEX ni de ninguno de los particulares. Esto, que podría ser fuente de información y que podríamos saber de los casos de reincidencia y, más que realizar denuncias, también permitiría poner en marcha los mecanismos de apoyo a la mujer: legal, psicológico y de refugio”, como lo establece la LGAMVLV.

“La bronca de que no se respete la norma 046[1] de apoyo integral a las mujeres que han sido víctimas de violencia sexual, es que no establece castigos a las autoridades ni a los médicos. No se hace nada si no se cumple y si un médico de Médica Sur o del Doctor Simi detecta violencia y no la denuncia, no tiene ningún castigo”.

El trabajo emprendido a nivel federal debería permear a los niveles estatal y municipal, sin embargo, los resultados para revertir la violencia contra las mujeres no se ven reflejados ni en las estadísticas disponibles, ni en la procuración e impartición de justicia cotidiana. Todos los días las mujeres que acuden a los Ministerios Públicos o procuradurías, continúan siendo presa de las mismas prácticas sexistas. Se siguen asesinando mujeres, la persecución de los feminicidios en su mayoría corresponde al ámbito local, y el desconocimiento de los derechos constitucionales y humanos persiste como una de las principales armas de la impunidad.

Ante este panorama vale la pena preguntar sobre las posibles vías de solución. Entre las opciones que especialistas señalan se encuentran: el aumento en la severidad de los castigos, la lucha de la paridad de hombres y mujeres en los congresos locales para que ellas puedan incidir en las legislaciones, o la apuesta por una transformación cultural que debería ser fomentada en todos los ámbitos de la sociedad mexicana. Todos estos, temas que se abordarán en la última parte de este reportaje.

[1] Norma Oficial Mexicana (NOM) 046, de la Secretaría de Salud sobre violencia familiar, sexual y contra las mujeres, la cual establece medidas para la prevención y atención de enfermedades de transmisión sexual, embarazos, como apoyo y acompañamiento psicológico.

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Para leer la primera parte de la investigación, ve a “Por omisión de autoridades, miles de feminicidios en México (1/3)”

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