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Si no pescamos, no existimos (Video)

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(05 de junio, 2014).- Desde hace 21 años, el pueblo indígena Cucapá, ubicado en la orilla del Río Colorado en Baja California, al norte de México, sufre las consecuencias del decreto del entonces presidente Carlos Salinas de Gortari, que convirtió parte de su territorio en Área Natural Protegida. La medida prohíbe la pesca de la curvina golfina que los cucapá consumían y vendían.

Por Omar Rábago / El Toque

Las más de 300 personas que conforman este grupo indígena llevan a cabo acciones legales y manifestaciones pacíficas para que la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y el gobierno federal los respete como pueblo originario y puedan seguir pescando. A pesar de ello, en 2005 no sólo les negaron este derecho sino que implementaron la veda de pesca. Seis años más tarde, les aplicaron una cuota de captura, reduciendo las posibilidades de obtener del mar lo necesario para su supervivencia.

Uno de los argumentos que ha dado el gobierno para no permitirles la pesca es la afectación a la especie, a pesar de que en 2002 la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió la recomendación No. 8 donde aseguraba que la actividad pesquera de este pueblo solamente representa el 10 por ciento del volumen total de la captura anual de curvina golfina.

Los indígenas no han dejado de reclamar la modificación del decreto presidencial y que se los reconozca como pobladores originarios y usuarios históricos de la zona comprometida, en el Delta del Río Colorado. Además, y no es un dato menor, nunca fueron consultados.

En 1990, el Estado mexicano ratificó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el que se reconoce y protege los derechos de los pueblos indígenas y el derecho a la consulta. Allí se establece que los pueblos indígenas deben participar de manera eficaz en los procesos de toma de decisiones que puedan afectar a sus derechos e intereses.

La Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007, respaldada por México en 2009, señala en el artículo 19: “Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados […] antes de adoptar y aplicar medidas legislativas o administrativas que los afecten, a fin de obtener su consentimiento libre, previo e informado”.

La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH, 2011), agregaba lo siguiente: “El derecho al desarrollo de los pueblos indígenas conlleva el derecho a determinar su propio ritmo de cambio, de acuerdo con su propia visión del desarrollo y que ese derecho implique poder decir no a los grandes proyectos que impacten de forma determinante a sus vidas”

Además, el Artículo 2º de la Constitución Política Mexicana también es claro al respecto: “La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas”. (…) “El derecho de los pueblos indígenas a la libre autodeterminación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía”. (…) “Esta constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación”.

El problema es que en el papel los pueblos indígenas tienen reconocimiento pero no se traduce en la realidad que viven actualmente.

Parece sistemática la poca predisposición a la hora de incluir a las poblaciones indígenas en los procesos de consulta y libre determinación. Al parecer, las autoridades temen que las comunidades le cierren el paso a cualquier clase de proyecto de desarrollo.

En una conferencia de prensa reciente, representantes de los Cucapá, deslizaban la posibilidad de que el gobierno tenga interés por generar energía mareomotriz en esa área o que haya petróleo, según se desprende de artículos periodísticos. Una de las portavoces, manifestó: “Quizás les estorbemos, pero de que sí hay otros intereses ahí y que nos quieren sacar de ese lugar, sí estamos convencidos”.

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